Consulta sobre días por ingreso u operación de familiar

PREGUNTA

Consulta sobre días por ingreso/operación de familiar

RESPUESTA

La ley no precisa si son días naturales o laborales. La interpretación mayoritaria ha sido días naturales. Pero hay una reciente sentencia que indica que el permiso debe comenzar en día laboral

http://cgt.org.es/noticias-cgt/notas-de-prensa/cgt-consigue-que-los-permisos-de-matrimonio-nacimiento-y-fallecimiento-
http://laboro-spain.blogspot.com/2018/03/permiso-dia-laborable.html

(El razonamiento es que el Estatuto de los Trabajadores dice que el permiso es “para ausentarse del trabajo”. Pero, para ausentarse del trabajo tiene que haber trabajo, es decir, que tiene que ser un día laborable.)

De acuerdo con esto, si para llegar al hospital debes realizar un desplazamiento fuera de Madrid o bien a algún punto a las afueras de Madrid pero dentro de la Comunidad de Madrid puedes solicitar 4 días, en caso contrario te corresponderían 2 días. 

El procedimiento en Alten es el siguiente:

1- Solicitud en Agresso, Mi Empleo/Mis ausencias. Código de ausencia según proceda:

  • FIFAM_LD: Fallecimiento/Ingreso de familiar (desplaz>200 km) o bien     
  • FIFAM: Fallecimiento / Ingreso de familiar  

2- Informar al manager (mejor por escrito)

Si tienes algún problema no dudes en ponerte de nuevo en contacto con nosotros. Te ayudaríamos en todo lo posible para conseguir que reconozcan tus derechos. 

Documentación:

Permiso retribuido por hospitalización, intervención quirúrgica… de familiar

Artículo 37 del estatuto de trabajadores:

b) Dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días.