Nuevas medidas de conciliación
Tras su publicación en el BOE de 29 de junio de 2023, los nuevos permisos en materia de conciliación quedan definidos de esta manera:
Permiso de cuidados (5 días, retribuido)
Se podrá utilizar en caso de accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo, tanto de un familiar de hasta segundo grado como de un conviviente
Permiso “por causa de fuerza mayor” (4 días al año, retribuido)
Se distribuirá por horas y podrá alcanzar en total hasta cuatro días al año. Permite a madres y padres ausentarse del trabajo cuando haya motivos familiares urgentes.
Permiso parental (8 semanas, no retribuido)
Podrá disfrutarse de forma continua o discontinua, a tiempo completo o parcial, hasta que el menor cumpla 8 años.
Parejas de hecho (15 días, retribuido)
Permite que las parejas de hecho tengan derecho a los 15 días de permiso por registro igual que los matrimonios.