¿Qué debo hacer si quiero realizar una baja voluntaria?
Se debe preavisar por escrito a tu responsable y a gestiondepersonal@alten.es con una antelación de 15 días laborables, es decir, al menos con 3 semanas de antelación (cuidado si hay algún festivo entre medias), tanto para el Convenio de empresas consultoras como para Oficinas y despachos de Madrid.
Si tu Convenio es el de Ingeniería, oficinas de estudios técnicos, inspección, supervisión y control técnico y de calidad, entonces tu preaviso debe ser de 15 días naturales.
En el caso de Oficinas y Despachos de Cataluña depende de tu categoría:
- Trabajadores en los grupos profesionales 1 y 2 (categorías de mayor responsabilidad): 30 días de antelación antes de tu baja voluntaria.
- Resto de trabajadores (grupos inferiores): 10 días de antelación antes de tu baja voluntaria.
En el supuesto de estar en periodo de prueba no es necesario el preaviso
Cuando llegue el día de baja la empresa te preparará el finiquito, documento en el que se hace el ajuste de todos los conceptos que la empresa te deba en ese momento por el trabajo realizado: Salario(+), parte proporcional de la paga extra(+), vacaciones devengadas no disfrutadas(+), horas extra no cobradas(+)…
Si no se ha cumplido con el preaviso, la empresa descontará de la liquidación a percibir el salario correspondiente a los días no preavisados, salvo que tu convenio sea el de empresas consultoras. En ese caso, te penalizará con la parte proporcional de la paga extraordinaria que estuviese devengada. Ejemplo:
Causas baja voluntaria el 30 de abril y pre avisas solo 10 días laborables antes.
Con un salario de 20.000 €/bruto año, la paga extra devengada durante estos 4 meses son 952,38 € de la paga de julio.
Como han faltado 5 días laborables de preaviso, del finiquito correspondiente se te descontará:
5/15 de 952,38 ==> 317,46 €





